Bayer indemnizará a una mujer por el daño que hizo el anticonceptivo Essure

Bayer indemnizará a una mujer por el daño que hizo el anticonceptivo Essure

Denunció secuelas físicas importantes tras implantarse el anticonceptivo permanente.

La Sección Civil de la Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado la sentencia que obliga a la distribuidora farmacéutica Bayer Hispania a indemnizar con 20.000 euros a una mujer que denunció secuelas físicas importantes tras implantarse el anticonceptivo permanente Essure, un dispositivo que fue retirado después de que la Agencia Española del Medicamento aconsejase cesar en su comercialización.

La pelea judicial de las afectadas por este método anticonceptivo que comenzó a utilizarse en el año 2002 como alternativa a la ligadura de trompas viene de largo, pero hasta ahora son pocas las sentencias dictadas en España que les han dado la razón.

Ese es el motivo por el que resulta novedoso el fallo que a comienzos de 2023 dictó el Juzgado de 1ª Instancia número 6 de Badajoz, donde se reconocía a esta mujer de 39 años el derecho a ser indemnizada por las «cefaleas, dolores pélvicos, astenia y dolores generalizados» que sufría.

En realidad, la demandante solicitó una indemnización de 110.000 euros al considerar que como consecuencia de la operación a la que fue sometida para retirarle ese anticonceptivo había perdido la capacidad de engendrar hijos con métodos artificiales, una solicitud que ha sido rechazada porque el juez consideró que no tenía sentido atender esa consideración porque cuando recurrió a Essure, la intención de esta madre de dos hijos era evitar un nuevo embarazo.

El fallo de la Audiencia que confirma la condena es reciente, pero el procedimiento se puso en marcha cuando en mayo de 2021 fue admitida la demanda que la afectada presentó la contra Bayer Hispania y Bayer Pharma AG. En ese momento Bayer Pharma, con sede en Alemania, se opuso a la demanda porque había sido redactada en español, una postura que el juzgado consideró «sorprendente» por tratarse de una multinacional. En todo caso, a la farmacéutica le asistía su derecho pues el derecho comunitario exige la traducción al idioma del país en el que esté asentada la empresa.

Fuente: Aproafa (Extremadura) 29-10-2024


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