Los supervivientes de cáncer ya pueden renovar su permiso de conducir
IV del Reglamento General de Conductores
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la modificación del anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por la que las personas que hayan superado un cáncer podrán renovar su permiso de conducir con la misma frecuencia que el resto de la población.
En este sentido, se trataría de que, en el caso de trastornos oncohematológicos, las personas que cuenten con determinados permisos de conducción y hayan superado los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, debidamente acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo competente, puedan renovar su documentación no por el plazo de tres o cinco años previsto actualmente, sino por el que les correspondiera por razón de la edad, siempre y cuando ya hayan transcurrido diez años de remisión completa.
Fuente: Isanidad 31-05-2023
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